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Plazo de pago y subsanación en la Oficina Virtual del INVIMA: dos ventanas de tiempo que evitan reprocesos

David Dimate
15 sept
5 min de lectura

El INVIMA ajustó la operación de su Oficina Virtual con el Comunicado DG-1000-020-26, vigente desde el 10 de septiembre de 2026. Son dos adecuaciones que reducen reprocesos: un plazo de ocho días calendario para pagar la tarifa y la posibilidad de completar o subsanar la solicitud en un mes. Esta guía explica cuándo corre cada plazo y qué debe hacer el usuario.


El plazo de pago y subsanación en la Oficina Virtual del INVIMA abre dos ventanas de tiempo distintas: una para efectuar el pago y otra para completar la documentación. Cada una tiene su punto de partida y su consecuencia, y conocerlas mantiene el trámite en marcha. Ambas se articulan con los principios de eficacia, economía y celeridad del CPACA.


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Plazos de pago y subsanación en la Oficina Virtual INVIMA

La primera ventana: ocho días calendario para pagar

 

Cuando el flujo de la Oficina Virtual habilita la opción de pago del trámite solicitado, esa opción permanece disponible por ocho (8) días calendario, contados a partir de su habilitación. Durante ese periodo el usuario paga la tarifa correspondiente y continúa con la gestión de su solicitud, según las condiciones de cada trámite. La adecuación brinda un tiempo razonable para el pago y reduce los reinicios asociados exclusivamente al vencimiento de la opción.

 

El número de solicitud asocia el pago

Para garantizar la trazabilidad, la relación, referencia o información del pago incluye el número de solicitud o identificador generado por la Oficina Virtual para ese trámite. Con ese dato, el pago queda correctamente asociado a la solicitud. Al cumplirse los ocho días sin que se efectúe el pago, la solicitud se archiva y el trámite se presenta nuevamente. Por eso conviene consultar el estado de la solicitud en la plataforma y pagar dentro del plazo.

 

 

La segunda ventana: un mes para completar o subsanar

 

Cuando la verificación inicial —tipo lista de chequeo— identifica que un documento requiere ser aclarado, corregido, completado o sustituido, o que el usuario debe realizar una gestión a su cargo, el INVIMA habilita la opción de subsanar en la Oficina Virtual. Esa revisión orienta al usuario y previene reprocesos, y mantiene la evaluación técnica o jurídica que corresponde a la Dirección Técnica competente.

 

Desde la comunicación, el usuario cuenta con un tiempo máximo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la recepción, sin perjuicio de los términos especiales que fije la normativa sanitaria de cada trámite. Dentro de ese mes corrige la situación identificada, con el mismo número de solicitud, sin reiniciar el trámite.

 

Los requisitos sanitarios se conservan

La posibilidad de subsanar mantiene íntegros los requisitos sanitarios de cada trámite; su fin es permitir completar la documentación antes de que se adopte la decisión que corresponda. Si el usuario atiende la subsanación dentro del término, el trámite continúa; si el mes transcurre sin subsanación, o si la información presentada no atiende lo solicitado, procede el rechazo de la solicitud, conforme al artículo 17 de la Ley 1755 de 2015. Conocer los motivos de rechazo de la Oficina Virtual ayuda a preparar una subsanación completa.

 

Qué revisar antes de radicar

El comunicado recomienda verificar, antes de iniciar el trámite: que la tarifa corresponda al trámite; que el número de solicitud sea el asignado por la plataforma; que la información del formulario esté completa y coincida con los documentos; que los documentos estén completos, actualizados y en el formato solicitado; que los soportes correspondan a los requisitos; y que el formulario y los documentos lleven las firmas cuando apliquen. A ello se suman consultar el estado con frecuencia, pagar dentro de los ocho días, atender la subsanación con el mismo número, y manifestar cuando un requisito ya esté acreditado.

 

 

El canal de orientación de la Oficina Virtual

 

Para acompañar la gestión, el INVIMA dispuso un canal de orientación de la Oficina Virtual, donde el usuario informa su situación —cargue de documentos, proceso de pago, identificación o seguimiento de la solicitud— y recibe la orientación requerida. Al solicitarla, conviene indicar el número de solicitud, radicado o identificador y describir brevemente la situación; en los asuntos de pago, el número de solicitud asociado agiliza la atención y la trazabilidad.

 

 

Qué cambia con el plazo de pago y subsanación en la Oficina Virtual del INVIMA

 

Las dos ventanas —ocho días para el pago y un mes para subsanar— dan margen para completar el trámite sin reiniciarlo, siempre que el usuario respete los plazos y conserve el número de solicitud. La adecuación mejora la operación de la plataforma y mantiene los requisitos sanitarios y legales de cada trámite.

 

Si necesita revisar un pago próximo a vencer, preparar una subsanación dentro del mes, o asegurar que su radicación cumpla los requisitos antes de presentarla, escríbanos:

 

 

David D.



Preguntas frecuentes

 

 

¿Por cuántos días permanece disponible la opción de pago en la Oficina Virtual del INVIMA?

Cuando el flujo de la Oficina Virtual habilita la opción de pago del trámite, esta permanece disponible por ocho (8) días calendario, contados a partir de su habilitación. Durante ese periodo el usuario paga la tarifa y continúa con la gestión de su solicitud. La adecuación entra en vigencia el 10 de septiembre de 2026 (Comunicado DG-1000-020-26).

 

¿Qué ocurre si el pago no se realiza dentro de los ocho días?

Al cumplirse los ocho días calendario sin que se efectúe el pago, la solicitud se archiva y el trámite se presenta nuevamente ante el INVIMA. Por eso conviene consultar el estado de la solicitud en la plataforma y realizar el pago dentro del plazo señalado.

 

¿Qué dato debe llevar el pago para asociarse a la solicitud?

La relación, referencia o información del pago incluye el número de solicitud o identificador generado por la Oficina Virtual para ese trámite. Ese dato garantiza la correcta identificación, asociación y trazabilidad del pago con la solicitud.

 

¿Qué es la posibilidad de completar o subsanar la solicitud y cuándo aplica?

Cuando la verificación inicial —tipo lista de chequeo— identifica que un documento requiere ser aclarado, corregido, completado o sustituido, o que el usuario debe realizar una gestión a su cargo, el INVIMA habilita la opción de subsanar en la Oficina Virtual. Esa revisión orienta al usuario y previene reprocesos, y mantiene la evaluación técnica o jurídica de la Dirección Técnica competente.

 

¿Cuál es el plazo para subsanar una solicitud en la Oficina Virtual?

El usuario cuenta con un tiempo máximo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la comunicación, sin perjuicio de los términos especiales que fije la normativa sanitaria de cada trámite. Dentro de ese mes corrige la situación con el mismo número de solicitud, sin reiniciar el trámite.

 

¿La subsanación modifica los requisitos del trámite?

La posibilidad de subsanar mantiene íntegros los requisitos sanitarios de cada trámite; su fin es permitir completar la documentación antes de que se adopte la decisión. Si el mes transcurre sin subsanación, o si la información no atiende lo solicitado, procede el rechazo de la solicitud, conforme al artículo 17 de la Ley 1755 de 2015.

 

¿Desde cuándo aplican estas adecuaciones de la Oficina Virtual?

Las dos adecuaciones —el plazo de ocho días para el pago y la posibilidad de subsanar en un mes— entran en funcionamiento a partir del 10 de septiembre de 2026, según el Comunicado DG-1000-020-26 de la Dirección General del INVIMA.

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