top of page

Notificación de actos administrativos del INVIMA: por qué el momento en que llega define el trámite

David Dimate
24 sept
5 min de lectura

La notificación de actos administrativos del INVIMA es el momento en que una resolución u oficio se hace exigible y empieza a correr el tiempo para actuar. Recibirla a tiempo y por el canal correcto preserva las opciones del titular; pasarla por alto las cierra.

Esta guía explica qué es la notificación, sus formas y por qué el instante en que llega marca el trámite —desde la firmeza del acto hasta el plazo para los recursos—.


Esta guía explica qué es la notificación, sus formas y por qué el instante en que llega marca el trámite —desde la firmeza del acto hasta el plazo para los recursos—. En DD9 monitoreamos el canal de notificación, avisamos al titular apenas llega el acto y cuidamos los plazos, para que ninguna decisión del INVIMA pase inadvertida.


Escritorio de madera con un sobre oficial abierto del que asoma un documento tipo resolución, y un portátil que muestra un aviso de notificación entrante, bajo luz natural.
Notificación de actos administrativos del INVIMA

Qué es la notificación de un acto administrativo

 

La notificación es el acto por el cual el INVIMA comunica formalmente al titular una decisión —una resolución o un oficio— sobre su trámite. Su efecto es doble: hace la decisión exigible y da inicio a los términos que la ley concede para actuar. Antes de la notificación, la decisión existe pero todavía no produce todos sus efectos frente al titular; con ella, el reloj empieza a correr. Por eso la notificación es un hito, no un trámite menor.

 

 

Las formas de notificación

 

El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA, Ley 1437 de 2011) prevé varias formas de notificar un acto. La notificación personal comunica la decisión directamente al titular o a su autorizado. La notificación electrónica opera cuando el interesado aceptó ese medio, y hoy es la vía habitual en la operación en línea. Y la notificación por aviso procede cuando la personal no se logra, conforme al artículo 69 del CPACA. Cada forma tiene su regla, y de la forma en que se surta la notificación depende desde cuándo corren los términos.

 

 

Por qué el momento en que llega marca el trámite

 

Desde la notificación empieza a correr el plazo para los recursos —la vía para pedir que el INVIMA revise su decisión—. Si ese plazo transcurre sin que el titular actúe, el acto queda en firme y la oportunidad de controvertirlo se cierra. De ahí que el punto crítico no sea solo el contenido de la resolución, sino el momento en que llega: una notificación advertida a tiempo mantiene abiertas las opciones; una que pasa inadvertida las agota en silencio.

 

Ese mismo criterio de tiempo gobierna otras etapas del trámite. Cuando la solicitud aún está en evaluación, los plazos de un requerimiento se manejan con su propia lógica, como se explica en la prórroga para evitar el desistimiento tácito. La notificación del acto final abre una etapa distinta, con sus propios términos.

 

 

Cuando el titular no puede recibir la notificación

 

La operación real de una empresa hace que, a veces, el titular no esté disponible para notificarse en el momento en que el acto llega. La ley contempla que un tercero autorizado pueda notificarse en su nombre, y que, cuando la notificación personal no se logra, opere la notificación por aviso. La diferencia entre conservar el control del trámite o enterarse tarde está en tener el canal vigilado y una respuesta lista, más que en la modalidad concreta.

 

 

Una precisión: notificar el acto no es reportar un incidente

 

Conviene separar dos usos de la palabra notificación. Este blog trata la notificación del acto administrativo que el INVIMA dirige al titular. Es distinta de la obligación de notificar incidentes adversos en tecnovigilancia, que corre en sentido contrario —del titular hacia el INVIMA— y se rige por sus propias normas. Mantener clara la distinción evita confundir plazos y responsabilidades.

 

 

Cómo gestionar la notificación de actos administrativos del INVIMA con DD9

 

Una decisión del INVIMA pierde valor si llega y nadie la advierte a tiempo. En DD9 monitoreamos el canal de notificación del expediente, avisamos al titular apenas se surte el acto, organizamos el documento en su historial y cuidamos los términos que se abren, para que la firmeza del acto o el plazo de un recurso nunca sorprendan. Con autorización del titular, gestionamos la notificación y preparamos el siguiente paso.

 

Si espera una resolución del INVIMA, o quiere asegurar que ninguna notificación pase inadvertida y sus plazos queden cubiertos, escríbanos:

 

 

David D.



Preguntas frecuentes

 

 

¿Qué es la notificación de un acto administrativo del INVIMA?

Es el acto por el cual el INVIMA comunica formalmente al titular una decisión —una resolución u oficio— sobre su trámite. Con la notificación, la decisión se hace exigible y comienzan a correr los términos que la ley concede para actuar.

 

¿Cuáles son las formas de notificación de un acto administrativo?

El CPACA (Ley 1437 de 2011) prevé la notificación personal, la electrónica —cuando el interesado aceptó ese medio— y la notificación por aviso, que procede cuando la personal no se logra. La forma en que se surta define desde cuándo corren los términos.

 

¿Qué es la notificación por aviso?

Es la forma que procede cuando la notificación personal no se logra, conforme al artículo 69 del CPACA. Permite que el acto se entienda notificado por un medio supletorio, de modo que el trámite avanza aun sin la comparecencia del titular.

 

¿Desde cuándo corre el plazo para los recursos?

El plazo para interponer recursos empieza a correr desde la notificación del acto. Por eso el momento en que se surte la notificación es decisivo: es el punto de partida del tiempo disponible para pedir que el INVIMA revise su decisión.

 

¿Cuándo queda en firme un acto administrativo del INVIMA?

Un acto queda en firme cuando transcurre el plazo para los recursos sin que el titular los interponga, o cuando se resuelven los que se presentaron. En firme, la decisión produce plenos efectos y la vía para controvertirla se cierra.

 

¿Puede un tercero notificarse en nombre del titular?

Sí. El titular puede autorizar a un tercero para notificarse en su nombre. Lo determinante es tener el canal vigilado y la autorización lista antes de que el acto llegue, para que la notificación no dependa de la disponibilidad de una sola persona.

 

¿Qué pasa si no me notifico a tiempo de una resolución del INVIMA?

Cuando la notificación pasa inadvertida, el plazo para los recursos corre igual, y el acto puede quedar en firme sin que el titular alcance a controvertirlo. Advertir la notificación a tiempo es lo que mantiene abiertas las opciones.

 

¿La notificación del acto es lo mismo que reportar un incidente en tecnovigilancia?

No. La notificación del acto administrativo va del INVIMA al titular y comunica una decisión. El reporte de incidentes adversos en tecnovigilancia corre en sentido contrario —del titular hacia el INVIMA— y se rige por sus propias normas. Son deberes distintos, con plazos distintos.

Comentarios


bottom of page