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Lo que el INVIMA aclaró sobre la nueva Oficina Virtual en junio 2026: errores frecuentes, límites de peso y coordinación del pago

David Dimate
2 jun
10 min de lectura

El webinar del 1 de junio de 2026 no fue solo la sesión donde el INVIMA anunció el aplazamiento al 16 de junio. Fue la sesión donde el regulador identificó, con nombre propio, los errores que el sector comete con más frecuencia al radicar trámites sanitarios — y que bajo el nuevo sistema tendrán consecuencias económicas directas desde el primer radicado. Formularios sin firma, clasificaciones de riesgo que no coinciden con los documentos de soporte, pagos que no llegan a tiempo por falta de coordinación interna, y dossiers que superan los límites de peso son los puntos que el INVIMA puso sobre la mesa. Para importadores, fabricantes, titulares y acondicionadores de dispositivos médicos, este artículo traduce cada aclaración oficial en lo que realmente importa: qué debe estar resuelto antes de abrir la plataforma el 16 de junio.


Imagen hiperrealista que ilustra los errores frecuentes en la radicación de trámites ante el INVIMA: pantalla con interfaz de carga de documentos mostrando alerta de advertencia e inconsistencias en archivos técnicos — ficha técnica, certificado de origen y resultados de ensayo —, expediente técnico voluminoso abierto en primer plano y monitor de signos vitales como referencia al sector de dispositivos médicos. Escritorio institucional de fondo.
Pantalla de la Oficina Virtual del INVIMA mostrando advertencia de inconsistencias en documentos cargados, junto a expediente técnico abierto y monitor de signos vitales en escritorio institucional.

El webinar del 1 de junio no fue solo una noticia — fue un diagnóstico


Cuando el INVIMA realizó su segundo webinar sobre la nueva Oficina Virtual el 1 de junio de 2026, el sector esperaba principalmente la confirmación de la nueva fecha. La obtuvo: 16 de junio de 2026. Pero lo que muchos no anticipaban era que junto con esa confirmación, el regulador iba a identificar con precisión los errores más frecuentes que el sector comete al radicar — errores que bajo el esquema anterior tenían solución en el filtro de la Oficina de Atención al Ciudadano, pero que bajo el nuevo sistema se convierten en causales de devolución con pago ya comprometido.


Este artículo no repite lo que el Post 5 de esta serie ya comunicó. Lo que hace es diferente: toma cada punto técnico que el INVIMA aclaró y lo desarrolla en sus implicaciones operacionales reales para quienes gestionan trámites de dispositivos médicos en Colombia.



Lo que el INVIMA aclaró sobre la nueva Oficina Virtual en junio 2026: cinco puntos que el sector debe incorporar


Lo que el INVIMA aclaró sobre la nueva Oficina Virtual en junio 2026 va mucho más allá de la fecha. Son cinco precisiones técnicas que, tomadas en conjunto, redefinen lo que significa llegar preparado al 16 de junio.


Punto 1 — Los límites de peso son 20 MB para dispositivos médicos, pero no resuelven todo


El INVIMA confirmó que los límites de peso por campo documental no son uniformes: 10 MB para cosméticos y 20 MB para medicamentos y dispositivos médicos. Estos límites fueron validados con las direcciones misionales del INVIMA según el tipo de requisito y el tipo de trámite — no son cifras arbitrarias.

Para la mayoría de los trámites de dispositivos de menor complejidad, 20 MB por campo es suficiente. El problema persiste en dossiers técnicos de dispositivos Clase IIb y III con campos que concentran documentación de alto volumen: estudios de desempeño, evidencia clínica estructurada, certificaciones de organismos notificados. El INVIMA reconoció este desafío en el webinar y anunció la publicación próxima de una guía específica sobre el manejo de expedientes técnicos de gran volumen. A la fecha, esa guía no ha sido publicada. Para documentos escaneados, el INVIMA recomendó una resolución de 200 a 300 DPI — no más, no menos — como equilibrio entre legibilidad y peso del archivo

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Punto 2 — La firma del formulario no es un detalle: es una condición de admisibilidad


El INVIMA fue enfático en el webinar: los formularios llegan con frecuencia sin firma del representante legal o apoderado. Bajo el esquema anterior, esto era detectable en el filtro de la Oficina de Atención al Ciudadano y corregible sin costo. Bajo el nuevo sistema, un formulario sin firma es causal de devolución con pago ya comprometido.

El Decreto 4725 de 2005 y las resoluciones que regulan cada tipo de trámite establecen que el formulario debe ser presentado debidamente firmado por el representante legal o el apoderado debidamente constituido. Esta no es una formalidad burocrática — es una condición que acredita la responsabilidad jurídica del solicitante sobre la veracidad de la información presentada. Antes de abrir la plataforma, verificar la firma no es opcional.


Punto 3 — La concordancia entre formulario, pago y documentos es crítica en dispositivos médicos


El INVIMA identificó otro error frecuente con consecuencias particulares para el sector de dispositivos médicos: la información del formulario no siempre coincide con la de los documentos de soporte. Los datos sobre clasificación de riesgo del dispositivo, roles de accionistas, importadores o fabricantes deben ser idénticos en el formulario y en todos los documentos que lo acompañan.

El regulador señaló un caso específico y frecuente: trámites radicados como Clase IIa que en realidad corresponden a Clase IIb, o viceversa. Esta inconsistencia en la clasificación de riesgo no solo genera devolución — puede implicar que el trámite fue presentado bajo la tarifa incorrecta, con todas las consecuencias que eso conlleva bajo un sistema donde el pago ya no es reutilizable. La línea entre Clase IIa y Clase IIb es técnicamente delgada en algunos productos, y la diferencia entre una y otra no es solo regulatoria — es económica, dado que las tarifas son distintas según el Manual Tarifario INVIMA 2026.


Punto 4 — Las tarifas diferenciadas funcionan, pero requieren documentación lista antes de abrir la plataforma


El sistema de la nueva Oficina Virtual reconoce el código tarifario cero asociado a los beneficios de la Ley 2069 de 2020 y permite avanzar en el flujo sin realizar pago. Esto resuelve la alerta planteada en el Post 3 de esta serie. Sin embargo, introduce una condición operacional que el Post 3 no podía anticipar porque no había información oficial: la empresa debe adjuntar en la plataforma los soportes que acreditan su condición de beneficiaria antes de avanzar.

Esos soportes — documentación que certifique el tamaño empresarial y el cumplimiento de los criterios de acceso a la exención o reducción establecidos en el Decreto 1889 de 2021 — deben estar preparados, completos y optimizados en PDF antes de iniciar la radicación. No es posible agregarlos después de iniciado el flujo. Una empresa con exención total que llega a la plataforma sin sus soportes listos enfrenta la misma disyuntiva que cualquier actor regulado sin documentación completa: suspender el proceso o avanzar asumiendo el riesgo.


Punto 5 — El pago en dos horas exige coordinación interna previa, no simultánea


El sistema genera un ID de pago activo por máximo dos horas desde que se completa la carga documental. Ese ID puede enviarse al área financiera. Lo que el INVIMA subrayó en el webinar — y que es el punto operacional más frecuentemente subestimado — es que esa coordinación debe ocurrir antes de iniciar la radicación, no después de generado el ID.

Las aprobaciones de SAP, las validaciones de tesorería, las autorizaciones de pago bancario — en muchas organizaciones estos procesos toman más de dos horas si no están pre-autorizados. El ID de pago no espera los procesos internos de la empresa. Una vez vencido el plazo de dos horas, el proceso debe reiniciarse desde la carga documental. El INVIMA recomendó que la persona con acceso a la pasarela de pago sea quien lleve a cabo todo el proceso de radicación, o en su defecto que las autorizaciones internas estén confirmadas antes de abrir la plataforma.



Qué significa esto en conjunto para el sector antes del 16 de junio


Cinco puntos técnicos. Cinco variables que el INVIMA identificó explícitamente como fuentes de error bajo el nuevo sistema. Ninguna es nueva en sentido estricto — todas existían antes del 16 de junio. Lo que cambia es que bajo el nuevo esquema, cada una de ellas tiene consecuencias económicas directas desde el momento en que se aprueba el pago. El margen de corrección que existía en el filtro de la Oficina de Atención al Ciudadano ya no estará disponible. Y el sector tiene hasta el 16 de junio para incorporar estas precisiones en sus procesos de preparación.



Conclusión


Lo que el INVIMA aclaró sobre la nueva Oficina Virtual en junio 2026 no fue un conjunto de buenas prácticas generales — fue un mapa de los errores que el regulador ya conoce, que el sector comete con frecuencia, y que bajo el nuevo sistema se vuelven costosos desde el primer radicado. Formulario sin firma, clasificación de riesgo incorrecta, documentos de soporte que no coinciden con el formulario, soportes de exención no preparados, coordinación de pago sin gestionar con anticipación — cinco puntos que diferencian un trámite que entra bien del primer intento de uno que regresa con un pago atrapado en un proceso de devolución. El 16 de junio es la fecha en que quienes llegaron preparados lo demuestran con un radicado limpio desde el primer intento.


En DD9 llevamos 10 años gestionando trámites de dispositivos médicos ante el INVIMA con cero negaciones de fondo y comercialización ininterrumpida en todos los portafolios que acompañamos. Si necesita apoyo para revisar sus dossiers, verificar la concordancia documental o preparar sus soportes de exención antes del 16 de junio, contáctenos por WhatsApp, escríbanos a regulatoriodm@dd9regulatorio.com o visítenos en www.dd9regulatorio.com



Preguntas Frecuentes


¿Qué errores frecuentes identificó el INVIMA como causas de devolución en la nueva Oficina Virtual?


En el webinar del 1 de junio de 2026, el INVIMA identificó cinco errores frecuentes que bajo el nuevo sistema de la Oficina Virtual se convierten en causales de devolución con pago ya comprometido. Primero, presentar el formulario sin firma del representante legal o apoderado. Segundo, inconsistencias entre la información del formulario y los documentos de soporte — especialmente en clasificación de riesgo, roles de accionistas, importadores o fabricantes. Tercero, clasificación de riesgo incorrecta — dispositivos radicados como Clase IIa que corresponden a Clase IIb o viceversa. Cuarto, documentos con hipervínculos o enlaces externos que la plataforma no puede abrir y no acepta. Quinto, documentación incompleta o que supera los límites de peso por campo sin haber sido optimizada previamente. Bajo el esquema anterior, varios de estos errores eran corregibles en el filtro de la Oficina de Atención al Ciudadano sin costo económico. Bajo el nuevo esquema, todos generan devolución con pago vinculado al radicado.


¿Por qué el formulario debe ir firmado para radicar en la nueva Oficina Virtual del INVIMA?


El Decreto 4725 de 2005 y las resoluciones que regulan cada tipo de trámite de dispositivos médicos establecen que el Formulario Único DM debe ser presentado debidamente firmado por el representante legal o el apoderado debidamente constituido. Esta firma acredita la responsabilidad jurídica del solicitante sobre la veracidad de la información presentada y es una condición de admisibilidad del trámite — no una formalidad opcional. El INVIMA señaló en el webinar del 1 de junio que la ausencia de firma es uno de los errores más frecuentes que reciben, y que bajo el nuevo sistema de la Oficina Virtual un formulario sin firma genera devolución con pago ya comprometido, dado que la revisión de fondo ocurre después del radicado automático. Verificar la firma antes de cargar el formulario a la plataforma es una de las acciones de mayor impacto preventivo antes del 16 de junio.


¿Qué información debe coincidir entre el formulario y los documentos al radicar en la Oficina Virtual del INVIMA?


El INVIMA confirmó en el webinar del 1 de junio de 2026 que toda la información incorporada en el Formulario Único DM debe corresponder fielmente con la información contenida en los documentos de soporte. Los campos de mayor riesgo de inconsistencia son la clasificación de riesgo del dispositivo, los roles de accionistas, los datos del importador y los datos del fabricante. Si el formulario indica que el fabricante es una empresa y los soportes documentan otra, o si la clasificación de riesgo en el formulario no coincide con la del certificado de venta libre o la declaración de conformidad, el trámite será devuelto durante la revisión de fondo. Esta inconsistencia, que bajo el esquema anterior podía detectarse y corregirse antes del radicado, bajo el nuevo sistema se identifica después del radicado — cuando el pago ya está vinculado definitivamente al trámite.


¿Qué pasa si la clasificación de riesgo del dispositivo médico no coincide con los documentos en la nueva Oficina Virtual del INVIMA?


Una inconsistencia en la clasificación de riesgo — por ejemplo, radicar como Clase IIa un dispositivo que corresponde a Clase IIb — tiene consecuencias que van más allá de la devolución del trámite. Implica además que el trámite fue presentado bajo la tarifa incorrecta: el código 3003 del Manual Tarifario INVIMA 2026 aplica para Clase I y IIa con una tarifa de $3.898.330, mientras el código 3004 aplica para Clase IIb y III con una tarifa de $4.412.400. Una diferencia de $514.070 que bajo el nuevo esquema queda comprometida en un pago no reutilizable asociado a un radicado devuelto. El INVIMA señaló específicamente que la línea entre Clase IIa y Clase IIb es técnicamente delgada en algunos productos, y que esta es una de las inconsistencias más frecuentes que reciben. Verificar la clasificación de riesgo con criterio técnico antes de radicar es una acción que tiene impacto directo sobre la integridad económica del trámite.


¿Cómo se aplican las exenciones tarifarias de la Ley 2069 en la nueva Oficina Virtual del INVIMA?


El sistema de la nueva Oficina Virtual del INVIMA reconoce el código tarifario cero asociado a los beneficios de la Ley 2069 de 2020 y permite avanzar en el flujo sin realizar pago cuando ese código es ingresado correctamente. Esto aplica para microempresas con exención total y para pequeñas y medianas empresas con reducción tarifaria del 40% al 90% según sector económico y rangos de UVT del Decreto 1889 de 2021. Sin embargo, el beneficio no se activa de forma automática: la empresa debe adjuntar en la plataforma los soportes documentales que acreditan su condición de beneficiaria antes de avanzar en el flujo. Estos soportes deben estar preparados, completos y optimizados en PDF antes de iniciar la radicación. Una empresa con exención que llega a la plataforma sin sus soportes listos debe suspender el proceso y reiniciarlo una vez los tenga disponibles.


¿Cómo debe coordinarse el pago con el área financiera en la nueva Oficina Virtual del INVIMA?


Una vez completada la carga documental, el sistema genera un ID de pago activo por máximo dos horas. Ese ID puede enviarse al área financiera para que realice el pago. Lo que el INVIMA subrayó en el webinar del 1 de junio de 2026 es que la coordinación con el área financiera debe ocurrir antes de iniciar la radicación — no después de generado el ID. Las aprobaciones de SAP, las validaciones de tesorería y las autorizaciones bancarias que en muchas organizaciones toman más de dos horas deben estar pre-autorizadas antes de abrir la plataforma. Si el ID de pago vence sin que el pago se haya completado, el proceso debe reiniciarse desde la carga documental. El INVIMA recomendó que la persona con acceso a la pasarela de pago sea quien lleve a cabo todo el proceso de radicación, o que las autorizaciones internas estén plenamente confirmadas antes de iniciar la carga.


¿Qué recomienda el INVIMA para escanear documentos y cumplir los límites de peso de la nueva Oficina Virtual?


El INVIMA confirmó en el webinar del 1 de junio de 2026 que la resolución de escaneo recomendada para documentos es de 200 a 300 DPI — no más ni menos. Una resolución inferior puede comprometer la legibilidad del documento y generar problemas en la verificación posterior. Una resolución superior genera archivos de mayor peso que pueden superar los límites por campo — 20 MB para dispositivos médicos y medicamentos, 10 MB para cosméticos. El INVIMA advirtió además que tomar fotos directas a los documentos con un teléfono móvil y unirlas en un PDF genera archivos muy pesados que frecuentemente superan los límites permitidos. La recomendación es siempre escanear con escáner físico o digital a la resolución indicada, garantizando que el archivo resultante sea legible, completo e íntegro dentro del límite de peso del campo correspondiente.

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